C. G. Renata Mateo Méndez Encargada de Comunicación Social
El Departamento de Comunicación Social, como unidad administrativa adscrita a la Presidencial Municipal, se encarga de promover la difusión de las acciones y programas de la Administración así como del cumplimiento de los mismos a partir de una imagen institucional establecida, así como de informar a la sociedad sobre sus acciones y programas.
ATRIBUCIONES Con base en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, las atribuciones del departamento de comunicación social son las siguientes:
Artículo 18. El Departamento de Comunicación Social:
I. Elaborar anualmente un programa integral de comunicación social, que incorporará estrategias de seguimiento de medios y de posicionamiento de la imagen institucional;
II. Vigilar la proyección de marca gráfica, tanto física como digital de forma institucional, en toda la información referente a la Administración Pública Municipal;
III. Establecer los criterios y procedimientos con los que las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, así como las y los servidores públicos adscritos a ellas publicarán los logros de gobierno y las políticas institucionales;
IV. Participar en la contratación de los espacios publicitarios que de cualquier tipo se adquieran por la Administración Pública Municipal;
V. Revisar las campañas publicitarias de la Administración Pública Municipal;
VI. Observar la cobertura en medios y redes sociales de la imagen institucional;
VII. Establecer estrategias y criterios de posicionamiento mediático a través del informe de las obras y acciones realizadas, así como de las metas alcanzadas por la Administración Pública Municipal;
VIII. Dar seguimiento en los medios de comunicación y redes sociales que dan cobertura al Ayuntamiento y Gobierno Municipal;
IX. Elaborar y compartir boletines con las notas de interés para la gestión municipal, mismo que se hará circular en medios electrónicos;
X. Atender y canalizar las solicitudes y requerimientos de la prensa sobre información institucional o entrevistas directas a las y los servidores públicos del Ayuntamiento;
XI. Difundir las políticas, programas, servicios, actividades y trámites de la Administración Pública Municipal;
XII. Convocar a los medios de comunicación para la cobertura de las actividades a realizar por parte del Presidente y a las Áreas Municipales de la Administración Pública Municipal;
XIII. Realizar el análisis de la información e informar sobre sus resultados a los integrantes de la Administración Pública Municipal; y,
XIV. Las demás que le encomiende el Presidente Municipal y las disposiciones normativas vigentes.