Unidad de Mejora Regulatoria, Transparencia y Protección de Datos Personales

Lic. José Manuel Bautista Mejía
Encargado de la Unidad de Mejora Regulatoria, Transparencia y Protección de Datos Personales

La función principal de la Unidad de Transparencia es la gestión de solicitudes de acceso a la información. A través de la Unidad se garantiza tu derecho humano para acceder a la información pública, generada o en posesión de la dependencia gubernamental.

Con el ejercicio del derecho de acceso a la información, se genera una efectiva rendición de cuentas respecto de las actividades que, en el ejercicio de sus funciones, realiza esta dependencia. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública.

Con base en lo anterior, y, en aras de dar cabal cumplimiento a lo estipulado en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, la Unidad de Mejora Regularía, Transparencia y Protección de Datos Personales del municipio de Tacámbaro, se regirá bajo las siguientes directrices y con estricto apego a lo señalado en el artículo 20 del Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo donde indican las siguientes

ATRIBUCIONES

  • I. Recabar y difundir la información que por obligatoriedad deba de hacerse púbica, y propiciar que las unidades que integran el Ayuntamiento del municipio la actualicen periódicamente, conforme a la normatividad aplicable;
  • II. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información;
  • III. Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, asesorarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable;
  • IV. Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información;
  • V. Efectuar las notificaciones a los solicitantes;
  • VI. Proponer los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, conforme a la normatividad aplicable;
  • VII. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, respuestas, resultados, costos de reproducción y envió;
  • VIII. Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad;
  • IX. Apoyar y asesorar a los enlaces de transparencia según corresponda y conforme al ámbito de sus respectivas competencias;
  • X. Instrumentar programas de capacitación permanentes para los titulares de las dependencias y entidades de la Administración, Jefes de Departamento y Enlaces de Transparencia, en materia de transparencia y acceso a la información, de protección de datos personales, de gobierno abierto, de gestión documental y archivos, así como en materia de derechos humanos, así como metodologías, tecnologías y mejores prácticas en las materias, buscando coadyuvar con la consolidación de una cultura municipal integral;
  • XI. Fomentar la celebración de convenios de colaboración, con la Federación, con el Estado, así como los sectores social y privado con la finalidad de mantener actualizados y capacitados a los servidores públicos y/o la ciudadanía en materia de Transparencia, Acceso a la Información y Gobierno Abierto;
  • XII. Promover el uso de las tecnologías, para la simplificación administrativa, agilización de trámites y servicios municipales, así como el acceso a la información pública como derecho ciudadano;
  • XIII. Resolver los casos no previstos en materia de transparencia, debiendo hacerlo conforme a la normativa aplicable;
  • XIV. Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del sujeto obligado;
  • XV. Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente normativa y en las demás disposiciones aplicables;
  • XVI. Promover la creación de espacios y acciones que fomenten la transparencia y participación ciudadana; y,
  • XVII. Las demás que le encomiende el Presidente Municipal y las disposiciones normativas vigentes.