Desarrollo Económico

C. Lázaro Cornejo Gómez
Director de Desarrollo Económico

En el artículo 81 del Reglamento Interno del Gobierno Municipal de Tacámbaro, se establece que, la Dirección de Desarrollo Económico es la responsable de impulsar los estudios de promoción económica que de acuerdo a la situación del municipio sean susceptibles de realizar, tomando en cuenta que sean sustentables, apoyando bajo estos principios, las iniciativas presentadas por los particulares y dando preferencia a aquellos proyectos de mayor impacto social y que busquen el fomento agropecuario, la promoción comercial e industrial y de servicios.

ATRIBUCIONES
Con base en el numeral anteriormente citado, las atribuciones del departamento de Desarrollo Económico son las siguientes:

  • I. Fomentar, fortalecer, promover y dirigir a través de los departamentos con los que cuenta esta área, la actividad comercial, agropecuaria, acuícola, pequeña y mediana empresa y de prestación de servicios;
  • II. Proponer al Presidente Municipal en tiempo y forma las políticas y programas relativos al fomento de las actividades agropecuarias, acuícola, pequeña y media empresa y de prestación de servicios;
  • III. Promover la realización de ferias para el empleo, exposiciones, congresos y eventos a nivel municipal;
  • IV. Llevar a cabo la gestión de programas, apoyos Estatales y Federales ante las instancias correspondientes;
  • V. Solicitar a la Secretaria de Desarrollo Económico en el Estado, asesoría técnica si fuera necesario, cuando se instalen nuevas industrias en el Municipio y en la ejecución de Proyectos Productivos;
  • VI. Establecer los mecanismos y realizar las acciones necesarias para asegurar la adecuada aplicación de los programas y apoyos destinados al desarrollo económico y social del Municipio, apegándose a los lineamientos Federales o Estatales;
  • VII. Vigilar que los apoyos, programas o subsidios a través de la Dirección de Desarrollo Económico en el Municipio sea armónico, y que este sea equitativo entre las diferentes tenencias, realizar evaluaciones a los beneficiarios periódicamente para ver resultados obtenidos en términos simples de mejoría;
  • VIII. Establecer mecanismos que permitan vincular los programas y apoyos del Gobierno Federal y Estatal en materia de Desarrollo Económico con los objetivos y planes de programas municipales;
  • IX. Formular, aplicar programas y acciones que permitan lograr el desarrollo regional de las zonas rurales, con el propósito de fortalecer la economía local coordinadamente con las comunidades;
  • X. Proponer al Ayuntamiento o al Presidente Municipal la celebración de convenios y acuerdo de coordinación con el Gobierno Federal, Estatal o con el Sector Privado;
  • XI. Vigilar y regular la correcta ejecución conjunta y coordinada de los planes, programas y acciones que se deriven de los departamentos a su cargo;
  • XII. Elaborar su Programa Operativo Anual;
  • XIII. Impulsar, coordinar y promover las actividades comerciales e industriales en todas sus ramas y en especial de aquellas de interés general para la población;
  • XIV. Presentar el proyecto de presupuesto de la Dirección conjuntamente con los Departamentos a su cargo;
  • XV. Servir de intermediario entre el Gobierno Municipal y las Dependencias Federales y Estatales para fomentar el desarrollo económico; y,
  • XVI. Los demás que señale la Ley Orgánica Municipal, Bando de Gobierno, Reglamentos y Circulares administrativas de observancia general.