Tránsito Municipal

C. Carmen Santoyo Santoyo
Director de Tránsito Municipal
La Dirección de Tránsito y Movilidad, es la encargada de supervisar el respeto a las normas jurídicas que regulan el tránsito y vialidad, así como planear, organizar, coordinar, dirigir y supervisar las actividades que en materia de tránsito, control vehicular y vialidad se establezcan y desarrollen en el municipio.
De acuerdo al artículo 103 del Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, la Dirección de Panteones contará con las siguientesATRIBUCIONES
- I. Supervisar la observancia y cumplimiento del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio, así como de las disposiciones legales que regulen la circulación de vehículos en las vías de su jurisdicción municipal;
- II. Participar en el debido proceso con el Ministerio Público, los vehículos y conductores involucrados en hechos de tránsito, bajo los supuestos y términos que establezcan las leyes;
- III. Buscar el desarrollo integral de los servidores públicos de la Dirección de Tránsito, vigilar su disciplina y honorabilidad, así como establecer estímulos y reconocimientos en coordinación con el Presidente Municipal;
- IV. Disponer que se organice y ordene el tránsito de vehículos en la jurisdicción del Municipio;
- V. Ordenar y vigilar que se lleven a cabo las labores de orientación y auxilio del tránsito vehicular;
- VI. Establecer programas de capacitación para los servidores públicos de la Dirección de Tránsito, que coadyuven a su formación cívica, académica y técnica;
- VII. Aplicar sanciones disciplinarias, proporcionales a la falta cometida por los servidores públicos de la Dirección de Tránsito;
- VIII. Garantizar el resguardo de los vehículos que hayan participado en hechos de Tránsito o por cualquier otra falta y sean trasladados al corralón;
- IX. Diseñar e implementar acciones dirigidas a la prevención y solución de la problemática de tránsito y vialidad en el Municipio, con base en las estadísticas, mapas de frecuencia de hechos e infracciones viales;
- X. Realizar los estudios técnicos y de campo que sean necesarios en materia de tránsito;
- XI. Vigilar el adecuado aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros, asignados a la Dirección de Tránsito;
- XII. Resolver las controversias que se deriven de la aplicación de las infracciones de tránsito;
- XIII. Ejercer el mando inmediato y vigilar el desempeño de los agentes de tránsito, así como determinar las estrategias y lineamientos de operación;
- XIV. Ejecutar acciones de tránsito y vialidad, en coordinación con autoridades federales, estatales, municipales y con personal de Comisión Coordinadora del Transporte Público de Michoacán;
- XV. Apoyar a las autoridades correspondientes en la detención, resguardo y presentación de vehículos, cuando así lo soliciten;
- XVI. Exigir los dispositivos viales necesarios a los propietarios y/o representantes legales de establecimientos comerciales, negocios, empresas, desarrolladores que intervengan en la vialidad, con motivo de reparaciones, construcciones y/o condicionamientos; esto, para garantizar la seguridad de conductores, peatones y trabajadores;
- XVII. Establecer, mantener y vigilar los dispositivos para el control de tránsito requeridos en las vialidades del municipio;
- XVIII. Elaborar y en su caso, ejecutar proyectos de señalamientos viales;
- XIX. Realizar estudios para determinar la necesidad de incorporar infraestructura semafórica, en las vías del municipio;
- XX. Autorizar estudios de impacto vial, para aquellos desarrollos o establecimientos dentro de la mancha urbana, y que por su naturaleza requieran modificar las condiciones de la vialidad;
- XXI. Inspeccionar la circulación en el Municipio, con el objeto de proponer modificaciones tendientes a lograr que el servicio de tránsito sea más seguro;
- XXII. Realizar estudios técnicos, levantamientos topográficos y plantear soluciones de modificación geométrica o señalización vial;
- XXIII. Realizar los estudios necesarios relacionados con los estacionamientos existentes, o que en el futuro se puedan establecer, tomando en cuenta como criterios fundamentales para esta clase de estudios, la fluidez de tránsito;
- XXIV. Opinar sobre itinerarios y paradas oficiales en las rutas urbanas, en las vías a cargo del Ayuntamiento;
- XXV. Formular los estudios técnicos relacionados con las solicitudes, para el otorgamiento de permisos públicos de ruta, de sitio y de carga;
- XXVI. Formular estudios de ingeniería que permitan alcanzar un tránsito más seguro; Implementar las medidas y dispositivos que permitan un mejor control vehicular de estacionamiento en la vía pública;
- XXVII. Regular y restringir la circulación de vehículos de carga y descarga en el centro de la cabecera municipal, sus calles y avenidas principales de mayor tránsito vehicular;
- XXVIII. Ejecutar los programas que autoricen las autoridades en materia de tránsito y vialidad; y,
- XXIX. Las demás que le señale el Presidente Municipal, la Dirección de Seguridad Pública y Vialidad, y las disposiciones normativas aplicables.