Comité Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (COMAPA)
Ing. Erick Emmanuel Hernández Campos Director de COMAPA
El Comité Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (COMAPA) Organismo Público Descentralizado (OPD), es el acrónimo de Organismo Operador de Agua Potable, Saneamiento y Alcantarillado de Tacámbaro, Michoacán. Es un organismo del Ayuntamiento de Tacámbaro que se encarga de atender los reportes de la población y mejorar los servicios de agua, alcantarillado y saneamiento.
De acuerdo al artículo 110 del Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, la Dirección de Panteones contará con las siguientes
ATRIBUCIONES
I. Proyectar, construir, rehabilitar, ampliar, operar, administrar, conservar, mantener y mejorar los sistemas de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales a su cargo;
II. Realizar los estudios y proyectos que sean necesarios para el cumplimiento de lo establecido en la fracción anterior y para controlar la contaminación del agua, en coordinación con las autoridades competentes;
III. Proporcionar el servicio público, a los núcleos de población, fraccionamientos y particulares asentados dentro de la misma población correspondiente o sistema a su cargo, en los términos de los convenios que para ese efecto se celebren;
IV. Ejercerá la administración de sus recursos presupuestales y rendirá cuenta de ellos;
V. Formular y mantener actualizado el padrón de usuarios de los servicios a su cargo;
VI. Cobrar de acuerdo a las tarifas aprobadas previamente, los derechos correspondientes a la prestación del servicio público que regula esta ley;
VII. Realizar las gestiones que sean necesarias a fin de obtener la cooperación o créditos que requiera para el cumplimiento de su objeto;
VIII. Realizar los estudios socioeconómicos necesarios para la formulación y establecimiento de tarifas conforme a las cuales deberán cobrarse los servicios a su cargo, las que previa su aplicación deberán ser publicadas por conducto del Ejecutivo del Estado, en el Periódico Oficial;
IX. Solicitar a las autoridades competentes la expropiación, ocupación temporal, total o parcial, o la limitación de los derechos de dominio en los términos de la Ley de la materia;
X. Celebrar los convenios y contratos necesarios para el cumplimiento de las funciones a su cargo; y,
XI. Las demás que le señale la o el Presidente Municipal y las disposiciones normativas vigentes.