Comité Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (COMAPA)

Ing. Erick Emmanuel Hernández Campos
Director de COMAPA

El Comité Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (COMAPA) Organismo Público Descentralizado (OPD), es el acrónimo de Organismo Operador de Agua Potable, Saneamiento y Alcantarillado de Tacámbaro, Michoacán. Es un organismo del Ayuntamiento de Tacámbaro que se encarga de atender los reportes de la población y mejorar los servicios de agua, alcantarillado y saneamiento.

De acuerdo al artículo 110 del Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, la Dirección de Panteones contará con las siguientes

ATRIBUCIONES

  • I. Proyectar, construir, rehabilitar, ampliar, operar, administrar, conservar, mantener y mejorar los sistemas de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales a su cargo;
  • II. Realizar los estudios y proyectos que sean necesarios para el cumplimiento de lo establecido en la fracción anterior y para controlar la contaminación del agua, en coordinación con las autoridades competentes;
  • III. Proporcionar el servicio público, a los núcleos de población, fraccionamientos y particulares asentados dentro de la misma población correspondiente o sistema a su cargo, en los términos de los convenios que para ese efecto se celebren;
  • IV. Ejercerá la administración de sus recursos presupuestales y rendirá cuenta de ellos;
  • V. Formular y mantener actualizado el padrón de usuarios de los servicios a su cargo;
  • VI. Cobrar de acuerdo a las tarifas aprobadas previamente, los derechos correspondientes a la prestación del servicio público que regula esta ley;
  • VII. Realizar las gestiones que sean necesarias a fin de obtener la cooperación o créditos que requiera para el cumplimiento de su objeto;
  • VIII. Realizar los estudios socioeconómicos necesarios para la formulación y establecimiento de tarifas conforme a las cuales deberán cobrarse los servicios a su cargo, las que previa su aplicación deberán ser publicadas por conducto del Ejecutivo del Estado, en el Periódico Oficial;
  • IX. Solicitar a las autoridades competentes la expropiación, ocupación temporal, total o parcial, o la limitación de los derechos de dominio en los términos de la Ley de la materia;
  • X. Celebrar los convenios y contratos necesarios para el cumplimiento de las funciones a su cargo; y,
  • XI. Las demás que le señale la o el Presidente Municipal y las disposiciones normativas vigentes.